jueves, 15 de marzo de 2012

¿Celebrando el día internacional de la Mujer?

El día internacional de la Mujer se celebra en todo el mundo y lleva implícito una tradición de cerca de 90 años de lucha por la igualdad de los seres humanos, como derecho fundamental, y por la justicia, como reivindicación necesaria por la ausencia de reconocimiento real –no sólo jurídico- a la dignidad de la mujer, y ante la violencia y discriminación de las que hemos sido objeto las mujeres.

Esa lucha ha generado numerosos compromisos internacionales como principales instrumentos para avanzar hacia la equidad de género, entre los cuales vale la pena destacar:

1.- La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), que en el artículo 2, reconoce que toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamadas en la Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma o religión.

2.- La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer CEDAW (por sus siglas en inglés), adoptada por la Asamblea General del la ONU en 1979 y que entró en vigor en 1981, tras la ratificación de 20 países, entre ellos México.

3.- La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belem do Pará, fue suscrita en junio de 1994 durante el periodo ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) y que México ratifica en 1998. En ella se establecen criterios de condena hacia todas las formas de violencia contra las mujeres, perpetradas tanto por el Estado, como en el hogar o en el espacio laboral.

4.- Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, firmadas por los gobiernos que participaron en la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing en 1995 y que constituyen la base para diseñar políticas públicas en torno a la equidad de género para potenciar el desarrollo de las mujeres en el siglo XXI. Pese a esta plataforma, en México no se ha logrado la transversalidad de género en las políticas públicas, prevaleciendo una marcada invisibilización de la problemática específica que aqueja a las mujeres.

5.- La Cumbre del Milenio, celebrada en septiembre del año 2000 y que reunió a 189 jefes de Estado en la sede de las Naciones Unidas para reconocer que, además de sus responsabilidades con sendas sociedades, tienen la responsabilidad colectiva de respetar y defender los principios de la dignidad humana, la igualdad y la equidad en el plano mundial.

En el plano nacional, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza, en su recién reformado artículo 1, a toda persona, el goce de los derechos humanos y garantías contenidos en ella y en los tratados internacionales suscritos por nuestro país, y plasma en su artículo 4, la igualdad jurídica entre el hombre y la mujer.
Por su parte, el Poder Judicial de la Federación ha difundido, en el marco de su programa de equidad de género y partiendo de estas normas, que todas las mujeres tienen los siguientes derechos:

El pleno reconocimiento de su dignidad como personas; el respeto a su vida; el respeto a su integridad física, psíquica y moral; la libertad y a la seguridad personales; la libertad de procreación; la igualdad de protección ante la ley; un recurso sencillo y rápido ante los tribunales competentes que las ampare contra actos que violen sus derechos; la libertad de asociación y reunión; un medio ambiente adecuado para su desarrollo; la vivienda; el trabajo y la formación y pertenencia a sindicatos; la libertad de expresión y de información; la libertad de profesar la religión y las creencias propias dentro del marco de la ley; la libertad de tránsito y de residencia; igualdad de participación en las funciones, asuntos y decisiones públicas; ser valorada y educada fuera de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación; vivir libre de discriminación en la esfera de la educación, la vida política, el matrimonio y la familia, el empleo, la atención médica, la vida económica y social, etc.; que se tenga en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueden sufrir en razón, entre otras, de su raza, embarazo, discapacidad, edad, situación socioeconómica, privación de su libertad o de su condición étnica, de migrante, refugiada o desplazada.

Este año debemos celebrar los evidentes esfuerzos y avances plasmados en normas nacionales e internacionales y el reconocimiento universal de la igualdad de género y otros derechos; sin embargo, siendo fieles al espíritu histórico de lucha por la equidad de género, también debemos señalar que nuestra sociedad no puede jactarse de ser democrática y justa si no logra, como no ha lo ha hecho hasta hoy, proteger a las mujeres de la discriminación y la violencia que enfrentan en la convivencia cotidiana de nuestras comunidades.

Con renovado espíritu para la construcción de una sociedad más justa y equitativa, celebremos pues, este 8 de marzo, el día internacional de la mujer, mirando al pasado con satisfacción y al futuro con responsabilidad y compromiso. ¿No lo crees?

http://www.milenio.com/cdb/doc/impreso/9123394

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